Subvenciones a actividades de danza de sala y callejero de carácter profesional
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📢 ¡Subvenciones para actividades de danza profesional en sala y calle!

El Departamento de Cultura y el Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC) anuncian la apertura del período de solicitud de subvenciones para actividades de danza de sala y de calle de carácter profesional. Estas subvenciones se dividen en las siguientes modalidades:
a) Apoyo a la organización de actividades de formación para profesionales.
b) Apoyo a la nueva creación, producción y presentación pública de espectáculos. Se consideran nuevas creaciones las reposiciones o revisiones de espectáculos que tengan al menos cuatro años de antigüedad desde su producción original y que no hayan sido representados al menos un año antes de la fecha de estreno de la reposición o revisión.
c) Apoyo a la exhibición de espectáculos.
d) Apoyo a actividades de difusión a través de muestras, festivales y eventos similares.
Estas subvenciones se ajustan al Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, que declara ciertas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
El período de presentación de solicitudes es del 12 al 27 de julio de 2023, ambos inclusive. ¡No te lo pierdas!
🖥️ La tramitación de esta ayuda es obligatoriamente telemática. Recuerda que solo se puede realizar a través de internet. La documentación presentada por otro canal no será considerada ni tendrá efecto en la fecha de presentación.
📞 Para consultas sobre el contenido de la subvención, puedes contactar al 93 554 78 47 y al 93 554 78 45.
📞 Para consultas sobre la tramitación telemática, comunícate al 93 552 91 66.
¡No olvides que este trámite solo se puede realizar por internet! Asegúrate de firmar el formulario de solicitud con un certificado digital cualificado.
📋 Organismo responsable y destinatarios:
Esta convocatoria va dirigida a empresas y profesionales que desarrollen su actividad, total o parcialmente, en el ámbito de la danza. También pueden optar a estas subvenciones las agrupaciones de empresas constituidas en uniones temporales de empresas (UTE) de acuerdo con la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de empresas y de sociedades de desarrollo regional.
No pueden optar a estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro, los ayuntamientos ni los organismos vinculados o dependientes de ellos, incluyendo consorcios, fundaciones y sociedades mercantiles con capital social íntegramente o mayoritariamente perteneciente a las entidades mencionadas.
⏳ ¡No pierdas de vista las fechas! El período de presentación de solicitudes es del 12 al 27 de julio de 2023, ambos inclusive.
📃 Documentación requerida:
Al momento de presentar la solicitud, además de la documentación establecida en la base general 7, se debe incluir la siguiente documentación:
a) Declaraciones responsables que figuran en el formulario de solicitud:
- En el caso de la modalidad a) de la base 1.1 (apoyo a la organización de actividades de formación para profesionales), se debe demostrar el interés en la actividad de formación por parte del equipo receptor.
- En el caso de la modalidad b) de la base 1.1 (apoyo a la nueva creación, producción y presentación pública de espectáculos), se requiere el compromiso formal de realizar la presentación pública de la producción propuesta.
- En el caso de la modalidad c) de la base 1.1 (apoyo a la exhibición de espectáculos), se debe disponer de la documentación que acredite la fecha y el lugar de las representaciones mínimas exigidas, de acuerdo con la base 3.e).
b) Memoria explicativa del proyecto, según el modelo proporcionado por el Institut Català de les Empreses Culturals. Esta memoria debe incluir:
- Información común a todas las modalidades de la base 1.1:
- Descripción de la actividad para la cual se solicita la subvención.
- Trayectoria profesional del solicitante y de los integrantes del equipo artístico, técnico o formativo que incluye la propuesta.
- Organización y estructura de los recursos humanos necesarios para llevar a cabo la actividad propuesta.
- Descripción de actividades, en su caso, para contribuir a la accesibilidad y la creación y fidelización de públicos.
- Proyección internacional del proyecto presentado, si corresponde.
- Plan de comunicación.
- Medidas de contribución a la sostenibilidad ambiental, en caso de disponer de ellas.
- En el caso de la modalidad a) de la base 1.1 (apoyo a la organización de actividades de formación para profesionales), se debe incluir el programa, la autoría del proyecto formativo, el calendario completo de las actividades de formación del solicitante y la promoción de la especialización del profesional.
- En el caso de la modalidad b) de la base 1.1 (apoyo a la nueva creación, producción y presentación pública de espectáculos), se debe incluir la ficha artística detallada de la producción o producciones, en su caso, la autoría del proyecto, la fecha y el lugar previstos para el estreno, el plan de explotación posterior y la previsión detallada de realización de las representaciones, según establece la base 3.d).
- En el caso de la modalidad c) de la base 1.1 (apoyo a la exhibición de espectáculos), se debe presentar un detalle de las representaciones realizadas durante la temporada anterior a la de la concesión de la subvención.
- En el caso de la modalidad d) de la base 1.1 (apoyo a actividades de difusión a través de muestras, festivales y eventos similares), se debe incluir el programa, la autoría del proyecto y el calendario completo de las actividades de difusión del solicitante.
c) Presupuesto detallado de ingresos y gastos del proyecto, según el modelo proporcionado.
d) Contrato de coproducción o declaración de compromiso firmada por el coproductor, si corresponde.
e) En caso de que el espectáculo sea coproducido por uno de los mercados mencionados en la base 6.3.b.2), se debe presentar un documento suscrito por el coproductor que indique que la primera representación del espectáculo no se considera un estreno, ya que forma parte del proceso de producción.
f) En el caso de residencia, se debe presentar un documento suscrito con el responsable del equipamiento colaborador que especifique los acuerdos asumidos por ambas partes.
g) En el caso de contribuciones en especie, se debe presentar documentación acreditativa de la aportación correspondiente firmada por la persona que la realiza.
📄 ¡Consulta las bases completas y los requisitos técnicos necesarios para realizar los trámites en línea!
¡Recuerda que el horario de atención telefónica es de lunes a viernes, de 9 a 14 horas! Para consultas sobre el contenido de la subvención, llama al 93 554 78 47 y al 93 554 78 45. Para consultas sobre la tramitación telemática, comunícate al 93 552 91 66.
⚖️ Normativa aplicable y organismo responsable:
Departament de Cultura
Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC)
🎯 ¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales pueden optar a estas subvenciones. Se consideran empresas tanto personas físicas como jurídicas que realicen su actividad, total o parcialmente, en el ámbito de la danza. También pueden optar las agrupaciones de empresas constituidas en uniones temporales de empresas (UTE) según la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de empresas y de sociedades de desarrollo regional.
No pueden optar a estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro, los ayuntamientos ni los organismos vinculados o dependientes de ellos, incluyendo consorcios, fundaciones y sociedades mercantiles con capital social íntegramente o mayoritariamente perteneciente a las entidades mencionadas.
⏳ Plazos:
El período para presentar solicitudes es del 12 al 27 de julio de 2023, ambos inclusive.
📝 Documentación requerida:
Se debe presentar la documentación establecida en la base general 7, así como la documentación específica detallada en el apartado "Documentació" del comunicado de prensa.
✅ Requisitos:
Para optar a las ayudas, los solicitantes deben cumplir los requisitos y condiciones establecidos en la base general 3, así como los que se establecen en el comunicado de prensa.
📌 Despeses subvencionables i Quantia (Gastos subvencionables y cuantía):
Se consideran subvencionables los gastos generados en relación con la actividad para la cual se solicita la subvención, según se detalla en el comunicado de prensa.
La cuantía de la subvención es de hasta el 50% de los recursos propios aportados por el solicitante al presupuesto del proyecto.
⚠️ ¡No te olvides de presentar la documentación justificativa antes del 31 de octubre de 2023!
Para obtener más información sobre cada paso del proceso, te recomendamos consultar los enlaces y documentos proporcionados en el comunicado de prensa. ¡No pierdas esta oportunidad de recibir apoyo para tus actividades de danza profesional! 🕺💃
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